Aprendamos de Costa Rica que aprobó Ley de penalización de la violencia en contra de la mujer .

La Ley de penalización de la violencia contra las mujeres implica un cambio en lo penal, en la concepción tradicional de los delitos relacionados.
Aprendamos de Costa Rica.
En San José, Costa Rica,un 13 de abril de 2007 se aprobó la Ley de penalización de la violencia en contra de la mujer. Aunque recién en marcha, al menos la justicia aprende de a poco a ponerse en los zapatos de las mujeres ticas.
Nosotras en Chile, seguimos esperando...

Esto constituyó un importante avance en el cumplimiento de los compromisos contraídos por el Estado en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) particularmente, en la Convención para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

Esta legislación costarricense es pionera en su materia. Tiene como fin la
protección de los derechos de las víctimas de violencia y la sanción de
todas sus manifestaciones -física, psicológica, sexual y patrimonial
- en contra de las mujeres mayores de edad, en el contexto de una relación de poder o de confianza. Este tipo de legislación sería la segunda en el mundo -además de España-, en tipificar el delito de femicidio para "quien dé muerte a una mujer con la que mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no" y establecer la pena de prisión correspondiente.

La Relatoría sobre derechos de las mujeres de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos describió en su informe de enero de 2007: Acerca del Acceso a la
justicia para las mujeres víctimas de violencia en las Américas, los grandes obstáculos que las mujeres enfrentan cuando procuran acceder a una tutela judicial efectiva para remediar los actos de violencia. Indicaban además, que las mujeres que son víctimas de violencia no logran un acceso expedito, oportuno y efectivo a la justicia, propiciando la impunidad.
La Ley de penalización de la violencia contra las mujeres implicó un cambio en lo penal, en la concepción tradicional de los delitos relacionados. Esto es muy positivo en la vida de las mujeres, quienes desde ese momento cuentan a su haber con mayor protección contra la violencia en lo que toca a las relaciones con sus parejas. Con la aprobación de esta ley Costa Rica es ahora un referente interamericano en un ámbito en el que incluso en los países con mayor tradición de igualdades, poco se ha avanzado.
Fuente: genero.bvsalud.org
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La Ley en resumen

Uno de los aspectos que incluye esta normativa es que se castiga con prisión de seis meses a dos años al hombre que insulte, ridiculice o atemorice a su pareja.

También aplica la misma pena a los hombres que dañen el patrimonio de su pareja, si sustraen parte de éste, la sanción puede alcanzar los tres años.

Uno de los logros más importantes para quienes han impulsado la Ley es la creación del delito de feticidio (el asesinato de una mujer a manos de su compañero), el cual es castigado de 20 a 35 años de cárcel.

En este sentido, el Código Penal establece una sanción similar para quien mata a su cónyugue o compañero -sin estar casados- siempre y cuando hayan tenido hijos y con más de dos años de convivir.

Además, castiga con prisión de 12 a 18 años a quien obligue a su compañera a practicarle sexo oral o a tener relaciones sexuales en contra de su voluntad.

La Ley de penalización de violencia contra las mujeres contempla una serie de delitos particulares, los cuales buscan garantizar la protección de las mujeres ante sus compañeros.

Femicidio: un agravante del homicidio calificado. Es la forma más extrema de violencia de género, entendida ésta como la violencia ejercida especialmente por los hombres contra las mujeres en su deseo de obtener poder, dominación o control. Incluye los homicidios por la violencia intrafamiliar y otras formas de violencia de género.Violación contra una mujer: Es un agravante del delito de violación sexual, con el fin de que se sancione esta conducta dentro del matrimonio o la unión de hecho declarada o no. Se impone la misma pena que la establecida en el Código Penal por el delito de violación sexual "calificada", es decir, una pena de 12 a 18 años de prisión.

Actualmente en los tribunales nacionales se han emitido sentencias condenando al esposo por violación sexual en perjuicio de su esposa, pero no se considera como "violación calificada " y se impone la pena más baja.

Fuente: www.informa-tico.com

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